Diferencias entre los cursos de recreo y profesionales

Diferencias entre los cursos de recreo y profesionales

Si estás interesado en conocer las diferencias que existen entre las diferentes titulaciones náuticas, a continuación nos centraremos en las diferencias entre los títulos náuticos de recreo y las titulaciones profesionales que se derivan de ellos.

Si quieres conocer todas las titulaciones náuticas de recreo y profesionales existentes, así como sus atribuciones, los requisitos para su obtención y mucho más, puedes consultar la entrada de este mismo blog.

Títulos náuticos de recreo

Para empezar, vamos a comparar las diferentes titulaciones náuticas de recreo. La ley que las regula es el Real Decreto 875/2014.Según este Real Decreto existen 5 titulaciones de recreo diferentes, ordenadas a continuación de más básica a más completa:

  • LN Licencia de Navegación.
  • PNB Patrón de Navegación Básica.
  • PER Patrón de Embarcaciones de Recreo.
  • PY Patrón de Yate
  • CY Capitán de Yate.

Las principales diferencias que existen entre estas titulaciones son: la eslora de las embarcaciones que permiten gobernar; la zona de navegación, es decir, la distancia a la que se pueden alejar; y los requisitos y procedimientos para su obtención. Vamos a verlas ahora una por una.

Diferencias entre Licencia de Navegación y PNB

La Licencia de Navegación es el título de recreo más básico, que habilita para el gobierno de motos de agua y embarcaciones de hasta 6 metros de eslora sin límite de potencia de motor, en navegación diurna hasta 2 millas náuticas de puerto, marina o refugio. Para su obtención solamente hay que realizar 2 horas de formación teórica y 4 horas de formación práctica, sin examen, y superar el reconocimiento médico para la obtención de titulaciones náuticas de recreo. El título lo expide la misma escuela que lo imparte.

El PNB es la siguiente titulación en orden de atribuciones. Sin embargo, la diferencia de atribuciones con la Licencia de Navegación no es comparable con la diferencia de requisitos para su obtención. El principal aumento de atribuciones es que permite la navegación nocturna, pero en cuanto a eslora solamente aumenta de 6 a 8 metros y en cuanto a la zona de navegación amplia hasta 5 millas náuticas de puerto, marina o refugio. Por lo tanto, el aumento de atribuciones no es muy importante, mientras que la dificultad de obtención sí aumenta considerablemente. El número de horas de prácticas de navegación y seguridad es el doble, además de añadirse 4 horas de formación en radiocomunicaciones para aprender a usar la radio del barco, pero el mayor aumento es en la parte teórica, que ahora consta de la realización de un examen y también del costo económico del curso que es considerablemente mayor al de la Licencia de Navegación.

Diferencias PER y PNB

El próximo título que se puede obtener en orden de atribuciones es el PER. A diferencia del caso anterior, al pasar del PNB al PER se obtiene un gran aumento de atribuciones, mientras que la dificultad para su obtención y su precio no aumentan tanto. En cuanto a eslora pasa de 8 a 15 metros y en cuanto a zona de navegación pasa de 5 millas de puerto, marina o refugio, a 12 millas de la costa, por lo que ya no es necesario tener algún punto de abrigo cercano como una playa, permitiendo navegar alrededor de todas las costas del mundo. En cuanto a la obtención del título hay que hacer el doble de horas de prácticas de navegación y seguridad, las prácticas de radio aumentan a 12 horas y el examen teórico incluye más contenido.

Es importante tener en cuento que estas tres primeras titulaciones pueden obtenerse directamente, sin requerir de las anteriores. Debido a esta comparación entre las atribuciones y la dificultad de obtención, la titulación de PNB es la que menos demanda tiene. Los que quieren introducirse en el mundo de la náutica lo hacen a través de la Licencia de Navegación si quieren un título fácil de obtener o a través del PER si quieren tener una titulación que les permita unas posibilidades de navegación más amplias. Esta diferencia entre el PNB y el PER se acentúa aun más si tenemos en cuenta las habilitaciones complementarias que permite el PER, ya que con la realización de unas prácticas de navegación de 24 horas permite ampliar la eslora de la embarcación hasta los 24 metros (el máximo en cuanto a embarcaciones de recreo) y permite cruzar desde la Península hasta las Islas Baleares. Por estos motivos el PER resulta mucho más atractivo que el PNB, que queda reservado para los que quieran realizar navegaciones cortas en embarcaciones pequeñas con posibilidad de navegación nocturna, como puede ser el caso de los aficionados a la pesca.

Cabe indicar que, tanto con el PNB como con el PER, para poder navegar en un velero de más de 6 metros de eslora, a no ser que se trate de una regata oficial, hay que realizar una habilitación complementaria de vela, que consta de 16 horas de prácticas.

Títulos náuticos de recreo

Diferencias entre PER y Patrón de Yate

El Patrón de Yate es el primer título que no puede obtenerse directamente, ya que como requisito para su obtención incluye estar en posesión del PER. Por ese motivo, tanto en la formación teórica y práctica como en el examen teórico no se repiten los contenidos del PER, solamente se incluyen los nuevos contenidos relacionados con las nuevas atribuciones. Se deben realizar unas prácticas de navegación de 48 horas continuas y un examen teórico con contenidos con un nivel de dificultad relativamente superior al PER. En cuanto a atribuciones, si se compara con el PER básico sí que hay un aumento considerable, ya que permite el gobierno de embarcaciones de hasta 24 metros y hasta 150 millas de la costa. Sin embargo, con la ampliación de atribuciones del PER, que permite el gobierno de embarcaciones de hasta 24 metros y cruzar de la Península hasta las Baleares, el único aumento de atribuciones efectivo es la distancia de la costa. Por ese motivo muchos nuevos navegantes se conforman con la ampliación de atribuciones del PER, y el número de patrones de yate es bastante menor.

Diferencias entre Patrón de Yate y Capitán de Yate

La última titulación de recreo en orden de atribuciones es la de Capitán de Yate. Al igual que el Patrón de Yate, para su obtención requiere estar en posesión de la titulación anterior, por lo que en su contenido formativo solo se incluyen los nuevos conceptos relativos a su aumento de atribuciones. Las prácticas a realizar son iguales a las de Patrón de Yate, 48 horas de navegación, y también consta de un examen teórico con un nivel de dificultad superior al de Patrón de Yate. En cuanto a las atribuciones permite el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 24 metros sin límites geográficos. Así, la diferencia entre patrón y capitán solamente reside en la zona de navegación, que pasa de 150 millas de la costa a ser ilimitada.

Sin embargo, tal como se indica en el Real Decreto 804/2014 sobre buques de recreo en su Artículo 7.3 los Capitanes de Yate podrán gobernar también buques de recreo, de eslora superior a 24 metros, siempre que sea sin ánimo de lucro, con un máximo de 12 pasajeros (sin incluir la tripulación) y hasta un máximo de 3000 GT. Por lo tanto, se puede considerar que la diferencia entre patrón y capitán también incluye un aumento en el tamaño de las embarcaciones que se está capacitado a gobernar.

Una vez repasadas las diferencias entre las titulaciones de recreo, vamos a ver que ocurre con las profesionales.

El mar como profesión

Si te interesa conocer todas las titulaciones náuticas profesionales y sus características puedes pasarte por la entrada de este blog llamada “Todo lo que necesitas saber sobre titulaciones náuticas”. Aquí nos centraremos en las relacionadas con las titulaciones de recreo.

Hay muchos títulos diferentes, que podríamos agrupar en tres grupos dependiendo del camino para su obtención. Primero están las titulaciones de la Marina Mercante, que se pueden dividir en dos grupos, las que se obtienen a través de una carrera universitaria, que son las que otorgan mayores atribuciones y las que se obtienen a través de un grado superior de formación profesional, que otorgan atribuciones para buques mercantes de menor tonelaje y para los buques de pesca. Finalmente, el tercer grupo en el que nos centraremos son las titulaciones profesionales que se obtienen a través de las titulaciones de recreo. Estas últimas son el PPER, el PER PRO, el PY PRO y el CY PRO.

Título PPER Profesional

El primero de los títulos con atribuciones profesionales del que vamos a hablar es el PPER. Debido a la similitud de sus nombres, es común preguntarse cuales son las diferencias entre PER y PPER. PER se refiere a Patrón de Embarcaciones de Recreo y PPER a Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo, pero en la realidad el PPER se parece más al título de Capitán de Yate. De hecho, uno de los requisitos para obtener el PPER es estar en posesión del título de Capitán de Yate. La diferencia principal con los títulos anteriores es que este título da atribuciones profesionales. Todos los títulos de recreo que habíamos comparado hasta ahora no incluían ninguna atribución profesional, es decir, que no se podía trabajar en las embarcaciones con esos títulos, solamente gobernarlas sin ánimo de lucro.

El título de PPER permite el gobierno profesional de cualquier embarcación de recreo de hasta 24 metros de eslora y hasta un máximo de 12 pasajeros (sin incluir la tripulación) hasta 60 o 150 millas de la costa. También permite ejercer de instructor en las escuelas náuticas durante las prácticas para la obtención de los títulos de recreo hasta el PER (PER, PNB y Licencia de Navegación). Hay dos categorías de PPER, la categoría 1 es la primera que se obtiene y permite navegar hasta 60 millas de la costa como patrón profesional de la embarcación. La categoría 2, que permite navegar hasta 150 millas de la costa realizando funciones profesionales a bordo, requiere de 2 años de experiencia como patrón profesional para su obtención.

Los requisitos para la obtención de este título son, estar en posesión del título de Capitán de Yate, superar un examen oficial sobre legislación marítima, acreditar un periodo de embarque de 50 días y 2500 millas, tener en vigor el reconocimiento médico del ISM y haber realizado tres certificados de especialidad de la Marina Mercante en algún centro homologado como Pronautic en Barcelona: Formación Básica en Seguridad, Formación Sanitaria Específica Inicial y el Operador Restringido o General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos SMSSM (según si es para el PPER de 60 o de 150 millas respectivamente). A partir de la entrada en vigor del RD 269/2022 de 12 de abril ya no es necesario estar en posesión del certificado de especialidad Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos) para la obtención del PPER.

Título PPER Profesional

¿Para quién va dirigido?

Este título está pensado principalmente para los que se encuentran en posesión de una titulación náutica de recreo y deciden que quieren dedicarse profesionalmente a la navegación en embarcaciones de recreo ya que les gusta el mundo de la náutica. Si ya se está en posesión del título de Capitán de Yate no resulta muy complicado conseguir el título de PPER, que permite trabajar en las embarcaciones de recreo como patrón profesional.

También va dirigido a los que quieran dedicarse a trabajar al mar esporádicamente y no cuenten con los recursos para adentrarse en una carrera universitaria de 4 años o en un grado superior de formación profesional de 2 años.

El motivo tras la aparición de este título es la disminución de los titulados náuticos profesionales que lleva produciéndose en todos los países desarrollados. Además, los titulados de la Marina Mercante no están enfocados a navegar en embarcaciones de recreo, por lo que hace falta algún título de más fácil acceso para cubrir esta posición que de cada vez es más demandada, ya que la náutica de recreo sigue aumentando considerablemente.

El trabajo principal al que podrán acceder estos titulados será el de patrón para embarcaciones de recreo de chárter, sobre todo en temporada, aunque también podrán realizar cualquier otro tipo de navegación, como el traslado de embarcaciones, la realización de pruebas de mar, etc.

PY PRO y CY PRO

Para ampliar la oferta de titulaciones profesionales de recreo, el Real Decreto 238/2019 establece unas habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas de recreo, que permiten ampliar las atribuciones de los títulos de PER, Patrón de Yate y Capitán de Yate, otorgándoles atribuciones profesionales.

Para obtener estas habilitaciones anejas el titulado debe estar en posesión de uno de los tres títulos citados con todas las ampliaciones de atribuciones (habilitación a vela y las prácticas de ampliación de atribuciones en el caso del PER) y debe realizar el curso de Formación Básica en Seguridad impartidos por los centros homologados por la Dirección General de la Marina Mercante, como Pronautic.

Los titulados de PER PRO, PY PRO y CY PRO podrán prestar servicio de transporte de suministros a otras embarcaciones y buques de recreo y realizar actividades de fondeo, atraque, remolque, desplazamiento y traslado de embarcaciones de recreo y motos náuticas hasta 5 millas de la costa, así como realizar pruebas de mar de estas embarcaciones y el gobierno de embarcaciones de socorrismo en las playas.

En el caso del PY PRO y el CY PRO también podrán llevar hasta 6 pasajeros en excursiones turísticas y pesca deportiva hasta 5 millas de la costa.

(2) Comments

  • Emilio Casi marzo 9, 2024 @ 5:14 pm

    Muy buenas ,
    soy italiano en poseso de patente de navigacion (velero/motor) sin limites de millas conseguida a traves de la Lega Navale Italiana en 2001.
    Estoy comprando un barco (velero) inscrito en Lista 6 , y me gustaria seguir trabajando como charter , cual es la valididad de mi licencia en España y eventualmente que tendria que hacer para ponerme regular al dia ?
    Muchas gracias
    saludos
    EC

    • Admin marzo 11, 2024 @ 8:39 am

      Buenos días,
      la PATENTE PER IL COMANDO DELLE NAVI DA DIPORTO no tiene atribuciones profesionales reconocidas a la normativa española. No podría por lo tanto, dedicarse al charter profesionalmente en una embarcación bajo bandera española.

      Un saludo,

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