Documentación y requisitos necesarios para embarcar como alumno en un buque

Documentación y requisitos necesarios para embarcar como alumno en un buque

Si estás buscando un primer embarque como alumno de puente o de máquinas y no sabes que documentación necesitas o que requisitos debes cumplir para ello, este es tú blog.

A pesar de que en este blog ya haya publicado varios artículos que resuelven muchas dudas sobre la Marina Mercante profesional, muchos aspectos de las titulaciones de este sector marítimo-pesquero y náutico siguen presentando dudas a muchas personas que quieren ser marinos. Muchas de estas personas necesitan pasar por un período de embarque como alumno para poder acceder a la titulación que desean e ir escalando en la jerarquía de un buque, hasta llegar a ser Capitanes o Jefes de Máquinas.

Como se ha visto en nuestro artículo de “Todo lo que tienes que saber sobre las Titulaciones Marítimas”, existen varios caminos para llegar a estos rangos dentro de un buque o embarcación, dependiendo de su tonelaje bruto o de la potencia de sus motores en kW. A menudo, los estudiantes y futuros marinos encuentran una barrera para poder avanzar en esta profesión, su primer embarque.

En esta entrada de blog queremos facilitar, al alumno, posibles soluciones para los problemas que presentan la complejidad normativa y la burocracia documentaria que supone.

La normativa que regula todo aquello relacionado con las titulaciones marítimas es el Real Decreto 973/2009. En él hay una sección destinada a los alumnos de cualquier titulación. Dice que, “los alumnos deberán efectuar las prácticas realizando funciones que les permitan aplicar los conocimientos teóricos y prácticos adquiridos en su formación, a fin de obtener la experiencia necesaria para el ejercicio profesional del título al que optan. Los alumnos en prácticas estarán bajo la supervisión del capitán, del patrón, del jefe de máquinas o de los oficiales del servicio correspondiente y podrán asistirles en la realización de las guardias de navegación, en la cámara de máquinas y en la estación radioelectrónica.”

Por otra parte, también es importante mencionar que, según el mismo Real Decreto, no se deberá asumir los costes del seguro y los gastos de viaje y dietas de embarque y desembarque ya que se encargará la empresa.

Prácticas de embarque en buques

El objetivo de realizar las prácticas a bordo de un buque es preparar al marino a asumir las responsabilidades que vaya a tener una vez se haya embarcado como oficial. Deberá poner en práctica todos y cada uno de los conocimientos que haya asimilado en sus estudios. Por ello, durante los períodos de embarque, los alumnos deberán completar un programa de formación a bordo, estipulado por la normativa, para realizar los cometidos y adquirir las experiencias correspondientes.

Estas competencias vienen enumeradas en el libro de registro de la formación, aprobado por la Dirección General de la Marina Mercante, según las reglas II/1 y III/1 del anexo del convenio STCW.

En la ORDEN de 21 de junio de 2001 sobre tarjetas profesionales de la Marina Mercante, donde se regula más al detalle los períodos de embarque de los alumnos de puente y máquinas, dice que las prácticas podrán realizarse en buques civiles españoles o extranjeros siempre que se realice un seguimiento por parte del Oficial, Capitán o Jefe de Máquinas, y se cumplimente el mismo libro ya mencionado.

Los períodos de embarque, según esta misma orden, serán los siguientes:

  • Área de puente: 12 meses de los cuales 6 deben constar como navegación activa.
  • Área de Máquinas: 12 meses de los cuales 6 meses pueden haberse realizado y convalidado por experiencia en talleres homologados y que cumplan con la normativa vigente.

En adición a los tipos de buque que aparecen en el apartado de “Tipos de buque dónde se pueden hacer las prácticas de embarque”, podrán computarse períodos de prácticas realizados en un buque escuela homologado por la Dirección General de la Marina Mercante, hasta el 50 por 100 del período exigido en cada caso.

Actualmente, no hay mucha opción como buques escuela con bandera española. De hecho solo existe el Juan Sebastián El Cano, formando parte de la flota de la armada.

Por otra parte, para el cómputo de los días de prácticas, el buque deberá disponer de las siguientes condiciones:

  1. a) El buque deberá estar matriculado en la lista octava o segunda.
  2. b) Tener el equipamiento completo para realizar navegaciones próximas a la costa y efectuar las prácticas de la sección respectiva, de conformidad con las exigencias del Convenio STCW y su Código de Formación.
  3. c) Contar con similares elementos requeridos para realizar los cursos básicos de lucha contra incendios, supervivencia en la mar, observador radar y Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo.

Cabe mencionar que, además del libro de Formación, desde el 2018 se debe cumplimentar el Anexo II de la Resolución de 26 de junio de 2018, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se determina el modelo oficial para acreditar los desempeños de cometidos relacionados con la guardia de puente o máquinas válidos para la obtención de un título de competencia. Sin este documento cumplimentado, firmado y sellado no se acreditará el periodo de embarque.

Documentos que se necesitan para embarcar como alumno

Modalidades de las prácticas académicas externas

Respecto a las modalidades de las prácticas, los programes formatives y los planes formatives  de cada centro y universidad pueden ser distintos.

De manera general hay que saber que se pueden realizar las prácticas embarcado una vez se hayan finalizado los estudios o aprovechar el período de prácticas que exigen para aprobar la formación y realizarlas en la mar. Estas prácticas, sobre todo para los alumnos provenientes del grado, serán de 4 meses y se puede realizar con las siguientes menciones:

  • En tierra con compañías del sector marítimo
  • Embarcado a bordo de un buque

Aclarar que existen dos modalidades de prácticas: prácticas curriculares y extracurriculares:

  • Las prácticas curriculares: Se configuran como actividades académicas integradas en el plan de estudios. Tendrán la misma consideración que cualquier otra asignatura y son obligatorias.
  • Las prácticas extracurriculares: Son de carácter voluntario y no forman parte del plan de estudios, por lo que no convalidan los 4 meses obligatorios de prácticas. El punto positivo de estas prácticas es que aparecerán en el suplemento Europeo del Título. Por este motivo, se limitan a 900 horas.

Normalmente las prácticas a bordo como alumno se hacen compensando los 4 meses del grado universitario y se continúan hasta finalizar los 12 meses requeridos por la normativa.

Documentos que se necesitan para embarcar como alumno

Como ya sabéis, los trámites que se deben realizar para poder embarcar son muchos, en especial cuando es tu primera vez. En este apartado pretendemos resumir y agrupar todo lo obligatorio y esencial que debes llevar contigo en tu primer embarque.

Los documentos necesarios son:

  • Libreta Marítima o Documento de Identidad del Marino. (Puedes consultar nuestro artículo sobre como tramitar la Libreta Marítima.)
  • Certificado de Formación Básica en Seguridad: Para obtener este certificado se debe realizar un curso STCW en Formación Básica en Seguridad en un centro homologado como el nuestro, Pronautic Training Centre.
  • Reconocimiento médico de embarque del ISM: Necesario para cualquier tripulante que quiera embarcar.
  • Libro de Registro de la Formación: Libro donde se registra la formación del alumno durante los meses de embarque.
  • Certificado de alumno emitido por el centro de formación: Se solicita en secretaria del centro de estudios donde hayáis cursado el grado.
  • Anexo II de la Resolución de 26 de junio de 2018.

Además, aunque no sea obligatorio, muchas navieras y empresas valoran positivamente tener más certificados de especialidad como los siguientes:

Por otro lado, dependiendo de la navegación del buque, se necesitará estar vacunado contra la fiebre amarilla. Esta vacuna dura para siempre, por lo que se recomienda solicitar cita y vacunarse a pesar de que no se sepa en qué buque vayamos a acabar embarcando. Pueden llegar a denegar unas prácticas por no estar protegidos contra la fiebre amarilla.

Requisitos para realizar las prácticas de embarque

Como requisitos para embarcar, ya sea en buque escuela o buque civil, son:

  • Contar con toda la documentación, certificado y libros que se han mencionado en el apartado anterior.
  • Haber finalizado los estudios correspondientes a la titulación que se quiera adquirir o estar en la fase de prácticas curriculares de estos.

De manera más concreta, podemos dividir las condiciones referentes a los estudios para cada título de la Marina Mercante que se quiera obtener,según si corresponden al área de puente o al área de máquinas.

Área de puente:

  • Patrón de Litoral à Ciclo Formativo en Grado Medio en Navegación.
  • Patrón de Altura à Ciclo formativo en Grado Superior en Navegación
  • Piloto de 2ª de la Marina Mercante à Grado en Náutica y Transporte Marítimo

Área de Máquinas:

  • Mecánico Naval à Ciclo Formativo en Grado Medio en Máquinas Navales
  • Mecánico Naval Mayor à Ciclo Formativo en Grado Superior en Máquinas Navales
  • Oficial de Máquinas de 2ª de la Marina Mercante à Grado en Tecnologías Navales

Requisitos para realizar las prácticas de embarque

Tipos de buques dónde se pueden hacer las prácticas de embarque

Según la ORDEN de 21 de junio de 2001, del Boletín Oficial del Estado, sobre tarjetas profesionales de la Marina Mercante, las prácticas se realizarán bajo la supervisión del Capitán o del Oficial de puente de mayor experiencia en quien delegue el Capitán.

Dependiendo de la titulación que queramos obtener, las prácticas deberán realizarse en los siguientes buques:

  • Piloto de segunda de la Marina Mercante: Embarcando como alumno en buques mercantes de arqueo bruto superior a 100 GT o TRB y buques escuela homologados de arqueo bruto superior a 50 GT o TRB.
  • Patrón de altura o Patrón de litoral: Embarcando como alumno o marinero de puente en buques civiles de arqueo bruto superior a 20 GT o TRB, incluidos buques escuela homologados.

Para los de máquinas:

  • Oficiales de segunda de la Marina Mercante: Embarcando como alumnos en buques civiles con una potencia igual o superior a 750 kW.
  • Mecánico Mayor Naval: Buques civiles de potencia superior a 500 kW.
  • Mecánico Naval: Buques civiles de potencia superior a 200 kW.

Además, los alumnos podrán embarcar en buques de bandera española o extranjera para la realización de sus prácticas reglamentarias, siempre que cuenten al menos con los seguros correspondientes.

Respecto a los buques escuela ya mencionados, el Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de la Marina Mercante, mediante el oportuno convenio de colaboración, podrá designar como buques escuela a aquellos buques mercantes españoles que puedan llevar como mínimo dos alumnos.

De todos modos, ya hemos mencionado la escasez de los buques escuela. Aún y así, se podrán validar los períodos de embarque realizados en buques escuela extranjeros, siempre que cuenten con el correspondiente reconocimiento como tales por la administración marítima del pabellón que enarbolen.

(12) Comments

  • Amay septiembre 21, 2022 @ 8:27 pm

    Saben donde buscan alumnos de puente?

    • Admin septiembre 23, 2022 @ 6:49 am

      Si nos contacta al teléfono del centro le informamos. +34 680 12 01 77
      Un saludo

  • Gustavo noviembre 10, 2022 @ 4:38 pm

    Una duda: ¿Los alumnos necesitan o han de firmar algún tipo de contrato con la naviera o con la documentación cumplimentada que habéis comentado más el seguro ya estaría?

    • Admin noviembre 29, 2022 @ 8:46 am

      Buenos días,

      Para embarcar como alumno será necesario firmar un contrato con la naviera.

      Un saludo

  • Fernando diciembre 21, 2023 @ 12:46 pm

    Buenos días,,,Soy Patrón Costero Polivalente sin atribuciones.Puedo embarcar en España?

    • Admin diciembre 22, 2023 @ 9:02 am

      Hola,

      Para poder navegar en España con esta titulación, como mínimo deberá estar en posesión de una libreta marítima (sea española o de su país), del certificado de Formación Básica en Seguridad vigente y el Certificado Médico para embarcar vigente.

      Con su titulación en principio puede ejercer en las siguientes posiciones:

      – Ejercer como primer oficial de puente en buques cuyo mando corresponda a un Patrón de Litoral
      – Ejercer como primer oficial de máquinas en buques pesqueros de potencia inferior a 750 kW, y como oficial de máquinas en cualquier buque de pesca.
      – Ejercer como primer oficial u oficial encargado de la guardia de navegación en cualquier buque pesquero, hasta una distancia no superior a 100 millas
      – Ejercer la jefatura de máquinas en buques de pesca con potencia propulsora inferior a 750 kW.
      – Capitán o patrón y jefe de máquinas en buques de pesca de hasta 26 metros de eslora entre perpendiculares y 550 kW de potencia efectiva de la máquina, hasta una distancia de 60 millas de la costa española.
      – Capitán de buques de hasta 32 metros de eslora, hasta una distancia no superior a 100 millas, de las líneas de bases rectas establecidas en el RD. 2510/1977

      Esperamos haberle ayudado.

      Saludos,

  • Biviano Ceballos marzo 16, 2024 @ 5:41 pm

    Hola, soy cadete de cubierta venezolano, puedo hacer mis practicas a bordo de buques de bandera española? que requisitos debo cumplir? gracias.

    • Admin marzo 18, 2024 @ 9:45 am

      Buenos días Biviano,

      Nuestro centro está homologado por la Dirección General de la Marina Mercante Española, por lo que partimos de la normativa española. Al ser un título de fuera de España, en tu caso venezolano, desconocemos si se lo van a conceder en su país.

      Sentimos no poder ayudarle.

      Un saludo!

  • Luis Romero mayo 21, 2024 @ 4:08 pm

    Tengo NIE y permiso de trabajo en España curse mis estudios en Venezuela y quiero hacer mis practicas aquí en España de 1 año abordo para obtener el título de 3er oficial en Venezuela , tengo seaman book panameño como engine cadet cursos stcw certicado médico sueco hablo inglés … Mi pregunta es si con estos documentos puedo embarcar aquí en España como alumno

    • Admin mayo 22, 2024 @ 10:51 am

      Buenos días Luis,

      Debería hablar con la autoridad marítima española, esta es la Dirección General de la Marina Mercante. Ellos son los encargados de valorar las convalidaciones.

      Un saludo!

  • Antonio mayo 22, 2024 @ 5:31 am

    Soy Hondureño tengo todos los cursos de marina hechos nunca eh navegado..y se me han caducado los cursos .como puedo hacer?

    • Admin mayo 22, 2024 @ 10:50 am

      Buenos días Antonio,

      Según normativa española, en depende de cuáles podría realizar los cursos de Actualización sin problema. ¿Cuáles necesita renovar?

      Un saludo

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