Requisitos para matricular una embarcación

requisitos para matricular una embarcación

Este artículo pretende ser una guía completa para aquellos que buscan navegar legalmente, desglosando los requisitos, documentos y pasos necesarios para matricular una embarcación. Desde entender la importancia de la matriculación hasta conocer los detalles específicos exigidos por las autoridades marítimas, cubriremos todos los aspectos para garantizar que su travesía en el mundo náutico comience sin contratiempos.

Documentación necesaria para la matriculación e inscripción de barcos

En el caso de matricular se ha de aportar:

  • Certificado de inspección de buques
  • Declaración de conformidad de la embarcación
  • Declaración de conformidad del motor
  • Certificado de baja del Registro del pabellón de procedencia
  • Factura donde aparezca el IVA (solo para barcos nuevos)
  • Contrato de compraventa liquidado del impuesto de ITPYAJD, si la embarcación procede de otro pabellón
  • Copia compulsada del DNI del propietario
  • Justificante de las tasas T0 y T5
  • Tasas de inscripción
  • Informe de ITB

En el caso de solo la inscripción de un barco:

  • Factura de compra de la embarcación
  • Solicitud de inscripción
  • Declaración de conformidad
  • Impuestos ITP

¿Qué se necesita para inscribir una embarcación?

Una embarcación inscrita debe contar con la identificación CE, un certificado que acredite el marcado expedido por un organismo independiente y el fabricante debe haber informado al Registro Marítimo Español de las especificaciones de la embarcación mediante la Declaración de Conformidad.

¿Cómo se matriculan los barcos?

Una embarcación de recreo tiene la opción de inscribirse en dos de las nueve listas disponibles:

  • Lista 6ª: barcos diseñados para una explotación comercial.
  • Lista 7ª: embarcaciones destinadas al entretenimiento, tiempo libre o la práctica de la pesca deportiva.

Los navíos pertenecientes a la lista 6ª solo pueden zarpar cuando existe un contrato que lo respalde. Estos barcos están dedicados al alquiler, ya sea con o sin la presencia de un patrón, o bien para utilizarse en programas de formación proporcionados por las escuelas náuticas, como PRONAUTIC.

Los diversos caracteres que componen la matrícula poseen un significado específico. En primer lugar, se muestra la lista a la que pertenece, seguida por el identificador del distrito marítimo (por ejemplo, Barcelona: BA). A continuación, se indica el número de folio, seguido de los dos últimos dígitos correspondientes al año de la matrícula. En el caso de la “inscripción”, el identificador del distrito marítimo es sustituido por el número asignado por la Capitanía.

Matriculación de embarcaciones de recreo a inscribir en la lista 6ª y en lista 7ª mayores de 24 metros

Hoy en día según las últimas definiciones de la administración, se puede interpretarque a partir de esa eslora, se acababa la posibilidad de que las embarcaciones fueran consideradas como de recreo.

Por lo tanto la matrícula para aquellas embarcaciones de recreo mayores de 24 metros se verá vista en el Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo

Abanderamiento y matriculación de embarcaciones entre 2,5 y 24 metros en la lista 7ª del registro de buques

El proceso de abanderamiento y registro se inicia cuando el propietario de la embarcación o su representante autorizado realiza una solicitud al distrito marítimo que corresponda al puerto de registro de elección. El proceso de abanderamiento y registro puede ser iniciado tanto por la entidad financiera como por el arrendatario en los supuestos en que la embarcación se adquiera mediante fórmulas de arrendamiento financiero con opción a compra.

La solicitud especificará el número máximo de pasajeros, la zona de navegación preferida, así como la ubicación de la embarcación para su inspección. También se solicitará el número MMSI, si corresponde.

Motos de agua

Éstas deberán constar en las listas sexta y séptima del Registro de Matrícula de Buques en las Capitanías Marítimas, en un folio distinto y exclusivo de carácter secuencial.

Se deberá tener una solicitud con los datos:

  • Fecha en la que se compró la moto de agua.
  • Marca, modelo y número de casco o bastidor.
  • En caso de cambio de propietario, información sobre el propietario anterior y la fecha de la venta.
  • La factura legal de compra.
  • Impreso oficial del pago de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • Si ya estaba inscrita, el número de identificación.

Abanderamiento

El abanderamiento es el procedimiento administrativo mediante el cual se concede permiso a un buque, embarcación o artefacto naval para enarbolar la bandera española y con ello obtener protección jurídica. Sirve como prueba el hecho de que esté inscrito en alguno de los Registros de Matrícula de Buques. El puerto del Distrito Marítimo donde se realice el registro podrá ser elegido por el titular.

Importación

Si se da el caso de la importación de un barco los datos a presentar son:

  • Documento de importación oficial
  • Título de propiedad de la nave
  • Certificado de baja en el registro de pabellón de procedencia
  • Comprobante de pago del impuesto aduanero
  • Sugerencia de tres nombres para el barco
  • Certificados y información exigida por los Convenios Internacionales y la legislaciones de cada país
  • Ultimas actas e informes de inspecciones por el estado abanderado

Preguntas frecuentes

¿Qué embarcaciones no se matriculan?

  • Embarcaciones de recreo con menos de 2,5 metros de eslora
  • Aparatos flotantes o de playa con libertad de eslora
  • Embarcaciones históricas y tradicionales
  • Embarcaciones destinadas únicamente a competición
  • Embarcaciones de recreo con igual o menor de 12 metros de eslora, si el equipo propulsor y la embarcación cuenten con un marcado CE

¿Cuál es la diferencia entre inscripción y matrícula?

La diferencia principal es que si está inscrito sólo podrá navegar en aguas españolas, mientras que si estás matriculado podrás navegar a cualquier parte del mundo.

La distancia máxima que podrán recorrer estas embarcaciones de recreo que solo están inscritas es de 12 millas náuticas desde líneas de base rectas y líneas de base normales. Sin embargo, no podrán viajar más allá de las áreas a las que se les permite viajar según su categoría de diseño.

¿Cómo diferenciar si una embarcación está matriculada o inscrita?

La forma más sencilla de determinar si un barco está matriculado o no es mirar en la amura del barco. En la amura se abrevia la principal capitanía marítima o provincia marítima en la que están matriculados, pero no en las embarcaciones inscritas.

Por ejemplo, un velero que este matriculado en Barcelona, tendrá después del número de lista al que pertenece las iniciales BA.

 

En resumen, la matriculación de una embarcación es un paso esencial para garantizar una experiencia náutica segura y conforme a la ley. Comprender y cumplir con estos requisitos no solo protege su inversión, sino que también asegura su tranquilidad en alta mar. Para aquellos que desean profundizar en su conocimiento y habilidades náuticas, en la escuela náutica Pronautic ofrecemos el curso de patrón de embarcaciones de recreo. Este programa está diseñado tanto para principiantes como para navegantes experimentados, proporcionando la instrucción necesaria para manejar con confianza y seguridad su embarcación. A través de una combinación de teoría y práctica, los estudiantes de Pronautic se equipan con el conocimiento y la experiencia para disfrutar plenamente de la navegación, respetando siempre las regulaciones marítimas.

(2) Comments

  • Artur abril 26, 2024 @ 9:26 am

    Puedo yo mismo matricular embarcacion 3.20? Donde en mataro o bercelona? Gracias

    • Admin abril 26, 2024 @ 9:58 am

      Buenos días, podrá matricularla relizando la solicitud correspondiente en la Capitanía Marítima de Barcelona. Que es la que por situación nos corresponde.

      Un saludo,

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *